Congreso Mundial de la AIPPI 2022
Se aproxima la edición 2022 del Congreso Mundial de la AIPPI y nuestros socios participantes Alicia Alvarez-Berkenwald, Federico Ulled y Emilio Berkenwald esperan con entusiasmo esta gran oportunidad para reconectarse con amigos y colegas.
En caso de querer reunirse con ellos, por favor envíenos un email a [email protected] indicando su disponibilidad y estaremos encantados de coordinar una cita.
#AIPPI #intellectualproperty #patents #bayarea #congress
IAM Patent 1000: The World’s Leading Patent Professionals 2022
Nos complace estar incluidos en la última edición de “IAM Patent 1000: The World’s Leading Patent Professionals 2022”. En esta oportunidad, cinco integrantes de nuestro equipo han sido reconocidos como profesionales de excelencia en el área de patentes: Pedro Berkenwald, Alicia Alvarez-Berkenwald, Federico Ulled, Emilio Berkenwald y Ernesto Machicote.
Para leer la reseña de IAM sobre nuestra empresa, ingresar en el siguiente link: https://t.ly/fjjY.
#IAMPatent1000 #patentes #leydepropiedadintelectual
2022 Spring Meeting de AIPLA
¡El Spring Meeting de AIPLA ya comenzó! Siéntanse libres de contactar a Emilio Berkenwald por e-mail a [email protected] si desean reunirse con él en New Orleans
#AIPLA #patentes #propiedadintelectual
Alicia Alvarez-Berkenwald es nombrada IAM Global Leader 2022
Nos alegramos de compartir que nuestra Managing Partner Alicia Alvarez-Berkenwald ha sido nombrada por segundo año consecutivo como una de las profesionales de patentes líderes a nivel global por la publicación IAM Global Leaders Guide 2022. #IAM #Patentes #IAMGlobalLeaders
Pueden echar un vistazo a la lista completa: https://lnkd.in/diQP8mH6
Modelado, simulación y patentes de invención
De acuerdo con la práctica en patentes, los programas de computación están relacionados con actividades intelectuales o abstractas y, por lo tanto, desprovistos de carácter técnico. La mayoría de las leyes los considera excluidos de la patentabilidad, quedando la alternativa de su protección por copyright o derecho de autor, de alcance más limitado.
Las oficinas de patentes alrededor del mundo tienden a rechazar solicitudes dirigidas a programas de computación o software, cuando están reivindicados como tales. No obstante, en varios territorios es posible obtener protección por patente para invenciones implementadas por computadora, usualmente reivindicadas mediante una sucesión de etapas operativas o como dispositivos de cómputo adaptados o configurados para llevar a cabo un determinado proceso.
La mayoría de las oficinas interpreta que estas invenciones pueden comprender tanto características técnicas como características no-técnicas, con la condición de que la invención reivindicada tenga en sí un efecto técnico que contribuya a alcanzar un objetivo técnico. Para el análisis de la actividad inventiva, se ha establecido que las características que sean no-técnicas de manera aislada deben ser tenidas en cuenta cuando contribuyan a la obtención de un efecto técnico por parte de la invención. Éste es típicamente el caso de los algoritmos o modelos matemáticos utilizados para la simulación computacional, que serían características asociadas a entidades abstractas per se.
La Oficina Europea de Patentes (EPO) estableció este enfoque en la decisión de la Cámara de Recurso Técnica T 641/00 (“COMVIK”) para las invenciones implementadas por computadora. Posteriormente, en su decisión T 1227/05 la Cámara aplicó estos principios a un método para la simulación de un circuito eléctrico, indicando que “la simulación realiza funciones técnicas típicas del trabajo en ingeniería moderna”. Por lo tanto, para la Cámara una simulación representa un objetivo técnico, y el alcanzar este objetivo mediante la resolución de un sistema de ecuaciones diferenciales puede ser considerado una característica técnica funcional.
No obstante, en la decisión posterior T 489/14 la Cámara analizó un método para la simulación del flujo de peatones. Lo encontró desprovisto de actividad inventiva, ya que la reivindicación de un método de simulación no incluía “un vínculo con la realidad física”, tal como un cambio o la medición de una magnitud. Dado que esta conclusión iría en sentido contrario al de la decisión anterior T 1227/05, la Cámara sometió tres preguntas a la consideración de a Gran Cámara de Recurso de la EPO. De manera resumida, estas preguntas apuntan a saber:
- si es patentable una reivindicación dirigida a un método de simulación de un sistema o proceso,
- si la naturaleza del sistema o del proceso simulado es relevante para el análisis de patentabilidad, y
- si necesariamente la simulación debe estar dirigida a aspectos técnicos de ese sistema o proceso.
El 10 de marzo de 2021 fue publicada la decisión G 1/19 de la Gran Cámara de Recurso, con las siguientes respuestas a estas preguntas:
- Una simulación implementada por computadora de un sistema o proceso técnico reivindicada como tal puede resolver un problema técnico al producir un efecto técnico que vaya más allá de la implementación de la simulación en una computadora.
- No es condición suficiente -ni necesaria- que la simulación esté basada, en todo o en parte, en principios técnicos subyacentes al sistema o proceso simulado.
- Las consideraciones anteriores son aplicables en el caso de que la simulación implementada por computadora sea reivindicada como parte de un proceso de diseño, por ejemplo para verificar un diseño.
Así, la Gran Cámara considera que deben aplicarse los criterios de la decisión COMVIK a las simulaciones implementadas por computadora: las reivindicaciones dirigidas a simulaciones deben ser tratadas como cualquier otra reivindicación dirigida a un método implementado por computadora, incluyendo el análisis de las contribuciones técnicas de las características de la invención. De manera general, cualquier característica cuyo efecto técnico vaya más allá de las interacciones eléctricas normales entre los elementos de la computadora que realiza la simulación (es decir, que posea un “efecto técnico suplementario”) podrá ser considerada para el examen de la actividad inventiva.
Si bien es posible reconocer el carácter técnico de una característica relacionada con un elemento “tangible” (por ejemplo, la medición o adquisición de una magnitud o la generación de una señal de control como salida), la Gran Cámara afirma que no es necesario que exista un vínculo directo entre esta característica y una realidad física en todos los casos. El proceso de simulación del flujo de peatones en cuestión comprendía únicamente entradas y salidas numéricas y constituía para la Gran Cámara “una simulación como tal”: de acuerdo con este razonamiento, las simulaciones no están excluidas de la patentabilidad, ya que pueden ser reivindicadas como tales.
Los efectos técnicos podrían ser obtenidos dentro del proceso implementado por computadora, por ejemplo mediante la adaptación del sistema informático (es decir, que los programas o algoritmos pueden producir un efecto técnico), o en el caso en donde el sistema simulado pueda servir como base para una utilización técnica posterior que tenga impacto sobre la realidad física.
Con esta decisión, la EPO reitera su enfoque anterior (“COMVIK”) respecto de las invenciones implementadas por computadora y aclara que los métodos de simulación computacional pueden ser patentables, aun cuando el producto o proceso simulado sea de naturaleza no-técnica.
Por último, restará conocer la incidencia de esta decisión sobre las invenciones relacionadas con la inteligencia artificial y con machine learning. Las Directrices de la EPO establecen que los modelos computacionales y algoritmos utilizados en estas invenciones deben ser tratados de la misma manera que en otras invenciones implementadas por computadora. Sin embargo, la Gran Cámara indicó en G 1/19 que las simulaciones se relacionan con modelos matemáticos y ecuaciones (potencialmente funciones aleatorias) que representan el comportamiento de un sistema, lo cual no podría ser extendido directamente a simulaciones u otros métodos cuyos modelos no estén basados en tales ecuaciones, como ocurre en algunas aplicaciones de la inteligencia artificial.Este enfoque actual de la EPO no difiere sustancialmente de la práctica de otras oficinas, tal como la de Estados Unidos, luego de un cambio en la práctica de la USPTO. En la Argentina, las reivindicaciones dirigidas a métodos de simulación tienden a ser rechazadas por la oficina de patentes, ya que se las consideran dirigidas a actividades abstractas o programas de computación excluidos de la patentabilidad, y que no son “directamente aplicables en la industria”.
IAM Global Leaders 2021
Nuestra Managing Partner Alicia Alvarez Berkenwald ha sido reconocida por IAM como Líder Mundial en Patentes en la recientemente lanzada Guía de Líderes Mundiales 2021 de IAM. ¡Felicitaciones Alicia! #IAM #Patents #IAMGlobalLeaders
El INPI adhiere al servicio de acceso digital de la OMPI
El Instituto Nacional de la Propiedad Industrial adhiere al servicio de acceso digital de World Intellectual Property Organization – WIPO para el intercambio de documentos de prioridad de patentes y modelos de utilidad. A partir del 01/10/19, el INPI actuará como Oficina con Derecho de Acceso y a partir del 02/03/20, como Oficina Depositante.
Reunión Anual de la GRUR en Frankfurt
Aprendiendo sobre leyes de propiedad intelectual en Alemania durante el encuentro anual de la Asociación Alemana para la Protección de la Propiedad Intelectual (GRUR) en Frankfurt