

Asesoramos en la venta de Tecnofarm
Asesoramos a los socios de de la empresa Tecnofarm S.R.L. (“Tecnofarm”) en la venta de la empresa a Laboratorios Calier.
Tecnofarm es una empresa argentina con más de 35 años de trayectoria en el desarrollo y producción de medicamentos veterinarios.
El comprador, Laboratorios Calier, con sede en España, mediante esta adquisición refuerza su presencia en el mercado veterinario argentino y apuesta a convertir al país en un centro estratégico regional.
Asesores legales de la transacción:
Abogados de los vendedores: Berken IP – Federico Ulled y Pedro Berkenwald (socios), y Tomás Brian Woodley (asociado)
Abogados de los compradores: Deloitte Legal – Eduardo Patricio Bonis (socio), y Sofía Vetrugno (asociada)
Abogado In-House: Gloria Carmona López (Laboratorios Calier)


El Tratado de Riad sobre el Derecho de los Diseños: un paso hacia la simplificación y armonización internacional
El 22 de noviembre de 2024, en Riad (Arabia Saudita), Estados miembros de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) aprobaron el Tratado de Riad sobre el Derecho de los Diseños. Este nuevo instrumento internacional representa un avance importante en materia de propiedad intelectual, al establecer reglas comunes que facilitan la protección de los diseños en los países que adopten este tratado, con procedimientos más simples, dinámicos y accesibles.
A diferencia del Arreglo de La Haya, el Tratado de Riad no establece un sistema de registro internacional, sino que armoniza normas sustantivas y procedimentales que los países que lo adopten deberán implementar en su legislación interna.
Aunque este tratado aún no ha entrado en vigor, pues requiere al menos 15 ratificaciones o adhesiones, varios países ya lo han firmado, entre ellos Uruguay y Paraguay, lo que evidencia un interés inicial en la región hacia la armonización de este tipo de protección.
Cabe señalar que la finalidad de un diseño industrial es proteger el aspecto estético u ornamental de un producto industrial o artesanal. A nivel internacional, el término diseño industrial abarca tanto creaciones bidimensionales como tridimensionales, mientras que en Argentina se distingue entre diseños industriales (bidimensionales) y modelos industriales (tridimensionales). Por lo tanto, debe entenderse que el Tratado de Riad se refiere a ambos tipos de creaciones.
El principal objetivo del tratado es hacer que la protección de los diseños sea más accesible, especialmente para emprendedores, diseñadores independientes y pequeñas y medianas empresas. Para ello, se busca reducir las trabas burocráticas y armonizar los requisitos esenciales que debe cumplir una solicitud en los distintos países que adopten el tratado.
Entre los aspectos más relevantes del Tratado de Riad se encuentra la definición de una lista máxima y común de elementos que deben acompañar la solicitud, con el fin de evitar requisitos adicionales que compliquen el trámite para los solicitantes. Asimismo, se aceptan diversas formas de representación del diseño, tales como fotografías, dibujos o cualquier otra representación visual que sea admitida por el correspondiente organismo encargado del registro.
El tratado también permite incluir varios diseños industriales en una misma solicitud, siempre que se cumplan ciertas condiciones, lo que representa una ventaja frente a los sistemas que exigen solicitudes individuales para cada diseño y contribuye a reducir los costos de presentación. En cuanto a la obtención de la fecha de presentación, elemento fundamental para evaluar la novedad y establecer una fecha de prioridad, se simplifican los requisitos a una indicación expresa o implícita de que se trata de una solicitud, datos suficientes para identificar al solicitante, una representación clara del diseño o modelo industrial y la información de contacto del solicitante o su representante. Bajo ciertas condiciones, los países pueden exigir elementos adicionales enumerados en el tratado, como una reivindicación o una breve descripción.
Además, el tratado establece un período de gracia armonizado y obligatorio de 12 meses desde la primera divulgación pública del diseño, durante el cual esa divulgación no afecta la novedad del mismo. Esto obligaría a algunos países a modificar su normativa interna en caso de adoptar el tratado, como por ejemplo Argentina, cuya legislación actual establece un plazo de gracia de solo 6 meses. También contempla la posibilidad de mantener la publicación del diseño en reserva durante al menos 6 meses después de la presentación, otorgando al solicitante mayor control sobre el momento de su publicación oficial. Para brindar mayor seguridad jurídica, el tratado introduce medidas que permiten subsanar errores o retrasos sin que ello implique automáticamente la pérdida de derechos.
Finalmente, el tratado fomenta la implementación de sistemas electrónicos para la presentación de solicitudes y el intercambio digital de documentos de prioridad, modernizando y agilizando los procedimientos.
En conclusión, el Tratado de Riad representa una herramienta concreta para facilitar la protección internacional de los diseños y modelos industriales. Aunque aún resta su entrada en vigor, su aprobación marca una tendencia hacia la armonización normativa y la simplificación de trámites, en beneficio de quienes crean y diseñan productos en un mercado cada vez más globalizado. Para los diseñadores argentinos, especialmente quienes buscan proteger sus creaciones fuera del país, este tratado podría facilitar en el futuro el acceso a un sistema más unificado y eficaz para proteger el fruto de su creatividad a nivel internacional.
Autor: Federico Maddonni Brito.


La Doctrina de los Equivalentes: protección más allá del lenguaje literal
La protección otorgada por una patente se define a través de sus reivindicaciones, las cuales delimitan el alcance de protección del objeto reivindicado, ya sea un producto o un proceso. Es dentro de dicho alcance donde el titular de la patente puede ejercer su derecho exclusivo de impedir que terceros utilicen su invención sin su consentimiento.
En casos de presunta infracción de patente, debe analizarse si el objeto acusado reproduce todas las características literalmente reivindicadas en la patente, ya sea de manera exacta o como parte de un conjunto mayor en tanto las reivindicaciones sean de carácter abierto (es decir, cuando incluyen expresiones tales como “que comprende”). No obstante, una interpretación estrictamente literal de las reivindicaciones podría ser insuficiente y perjudicial para proteger los derechos del titular de la patente, ya que un tercero podría evitar una posible infracción a la patente realizando pequeñas modificaciones respecto del objeto protegido. En otras palabras, una interpretación únicamente literal de las reivindicaciones podría resultar en una patente vulnerable a potenciales estrategias de evasión que busquen sortear la literalidad de su protección.
Para abordar esta problemática, existe la Doctrina de los Equivalentes, un concepto legal que permite extender el alcance de protección de una patente más allá del obtenido a partir de la literalidad de sus reivindicaciones, y que está presente en muchos de los sistemas de patentes de los distintos países o territorios del mundo. A través de esta doctrina, el titular de la patente dispone de una herramienta adicional para alegar que se estaría infringiendo su patente, incluso cuando el objeto explotado por un tercero presenta diferencias respecto de la materia literalmente reivindicada, siempre que dichas diferencias sean menores y/o insustanciales, y el objeto pueda considerarse equivalente.
Es importante destacar que, si bien el concepto general de la Doctrina de los Equivalentes es compartido por muchas jurisdicciones, cada territorio aplica criterios particulares, desarrollados principalmente a través de su jurisprudencia, para determinar si un presunto objeto infractor es equivalente al objeto protegido por patente y si existe la infracción bajo dicha doctrina. Esto implica que dos patentes de una misma familia, que protegen un mismo objeto con un alcance de protección idéntico, podrían llevar a resultados distintos frente a un mismo objeto acusado de infracción que presenta diferencias respecto del objeto tutelado. De este modo, mientras que en un territorio el objeto acusado podría considerarse equivalente y constituir una infracción de patente por equivalencia, en otro podría no ser reconocido como tal y quedar, en consecuencia, fuera del alcance de protección.
Adicionalmente, aunque los distintos territorios puedan tener criterios de aplicación de la Doctrina de los Equivalentes que lleven a resultados opuestos, existen buenas prácticas y principios fundamentales que deben considerarse al redactar una solicitud de patente y durante su trámite ante una Oficina de Patentes. Estas prácticas y principios tienen como objetivo maximizar no solo el alcance de protección obtenido a partir de una interpretación literal de las reivindicaciones de una eventual patente, sino también las posibilidades de que, en un eventual litigio por infracción de patente, dicha patente pueda valerse de la Doctrina de los Equivalentes para incluir dentro de su alcance de protección a objetos equivalentes.
En conclusión, la Doctrina de los Equivalentes refuerza la capacidad del titular de una patente para proteger eficazmente su invención, permitiendo comprender dentro del alcance de protección de su patente a aquellos objetos que, aunque no estén literalmente comprendidos, puedan ser considerados equivalentes a la invención reivindicada.
Autor: Federico Maddonni Brito.


Acuerdo con MINCyT e INTA para elaborar un manual de buenas prácticas en contratos de tecnología
Fuimos seleccionados por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación para trabajar en conjunto con el INTA en la elaboración de un manual de buenas prácticas en redacción y negociación de contratos de transferencia de tecnología para los sectores de la agricultura, la salud y las Tecnologías de la Información (TIC´S).
A través de dicho manual se busca fomentar, armonizar y elevar los estándares en las capacidades de investigación, desarrollo, negociación y transferencia de tecnología a nivel nacional entre las instituciones que conforman el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI) y el sector privado.
Integran el equipo:
Adolfo Luis Cerioni
Pedro Berkenwald
Federico Ulled
Germán Alejandro Linzer
Marcelo Labarta
Ezequiel Paulucci
Laura Cerioni
Gabriela Sofía Risso
Federico Cetrángolo


Asesoramos a los socios de Novachem en la venta de la empresa a Evonik
Novachem es una empresa que investiga, desarrolla y comercializa ingredientes activos biotecnológicos, naturales y sostenibles para la industria cosmética.
Abogados de los compradores: Perez Alati, Grondona, Benites & Arntsen (P. Eugenio Aramburu y Nicolás del Campo Wilson)
Fiduciario del Fideicomiso en Garantía: TMF Group (Felipe Couyoumdjian)
Abogados del Fiduciario: Marval O’Farrell Mairal (Roberto Silva y Martín Lanús)
Asesores Financieros de los vendedores: B.A.M&A Corporate Finance (Norbert Dreyer y Mario Bacman)


¡Nos mudamos!
Nueva dirección: Av. Olazábal 1101, (C1428DGC) Buenos Aires, Argentina
Con mucho entusiasmo compartimos imágenes de nuestra nueva oficina. Moderna, luminosa y con un espacio abierto para promover la creatividad y el trabajo en equipo.
Estamos felices de estar cerca del futuro “Parque de Innovación”, distrito tecnológico que reunirá a las principales universidades y empresas innovadoras.







Alicia Alvarez-Berkenwald en Venecia
Nuestra Managing Partner Alicia Alvarez-Berkenwald ya se encuentra en Venecia para asistir a la primera edición del AIPPI Spring Meeting.
¡Espera encontrarse con amigos y colegas en este maravilloso entorno!


¿Ya te registraste para asistir a la Reunión Anual de INTA 2023 en Singapur?
Si es así, nuestras Socias Lucía Scarpati, Vicepresidenta del Comité de Brands and Innovation de INTA, y María Aurora García, integrante del Comité de Brands for a Better Society de INTA, estarán encantadas de reunirse contigo durante la conferencia.
Para coordinar una reunión con ellas, por favor contáctenos a [email protected].


Jornadas de Trabajo y Consejo de Administración de ASIPI
Nuestras socias Alicia Alvarez Berkenwald y María Aurora García participarán en las XXIII Jornadas de Trabajo y Consejo de Administración de ASIPI que se llevarán a cabo en Medellín del 04 al 07 de diciembre de 2022.
“La ciudad de la eterna primavera” y cuna de innovación, es el marco ideal para reencontrarse con amigos y colegas.


Alicia Alvarez-Berkenwald es nombrada IAM Global Leader 2023
¡Lo hizo de nuevo! Nuestra Managing Partner Alicia Alvarez-Berkenwald ha sido nombrada por tercer año consecutivo como una de las profesionales de patentes líderes a nivel global por la publicación IAM Global Leaders Guide 2023 lanzada el 21 de noviembre de 2022.
Accede a la lista completa: https://cutt.ly/FM4McBp